Enrique Rodas RamírezPeña Neyra, Gehiler2024-11-182024-11-182023http://repositorio.udch.edu.pe/handle/123456789/92"El delito de tráfico de influencias se aborda en el artículo 400° del Código Penal peruano, y es crucial examinar cómo puede involucrar favores sexuales como objeto de corrupción. Para que los operadores del derecho comprendan su significado y aplicación, se requiere un análisis exhaustivo de los términos utilizados en este artículo debido a la falta de claridad en su redacción. El propósito de la investigación fue Establecer si los favores sexuales son considerados objeto corruptor en el delito de tráfico de influencias, artículo 400° del Código Penal Peruano Con esta finalidad se ha utilizado el diseño de la teoría fundamentada, un instrumento cualitativo (cuestionario con preguntas abiertas) a abogados especialistas en la parte penal y la validación de dicho instrumento se realizó con profesionales de la rama del derecho con grado de maestría y doctor. Las conclusiones de la investigación están en relación con las respuestas que dieron los participantes según su precepción de cada pregunta y objetivo propuesto sobre los favores sexuales como objeto corrupción en el delito de tráfico de influencias, art. 400° del código penal peruano. Finalmente se propone algunas orientaciones para tener conocimiento sobre los favores sexuales como objeto corrupción en el delito de tráfico de influencias, art. 400° del código penal peruano."esinfo:eu-repo/semantics/openAccessfavores sexuales, corrupción, delito de tráfico de influenciasLos favores sexuales como objeto corrupción en el delito de tráfico de influencias, art. 400° del código penal peruanohttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02